Las dudas más frecuentes al volar


Con motivo de la Navidad, mucha gente aprovecha para desplazarse a diferentes puntos de la geografía, tanto para visitar a sus seres queridos como para descubrir nuevos rincones, y uno de los medios de transporte más utilizados para este fin es el avión. Por eso, durante esta época del año surgen dudas y preguntas respecto a volar: número de bultos para embarcar, reclamaciones después de un retraso, volar con el billete de vuelta sin haber hecho uso del de ida…

Reclamador.es ha decidido responder a las dudas más comunes para que viajar en avión sea todavía más práctico.

Embarque

En primer lugar, Reclamador.es recuerda que la nueva normativa permite embarcar, además de con el equipaje de mano, con bultos y enseres que lleves contigo, no teniendo estos la consideración de equipaje. Eso sí, se trata de una disposición aplicable solo a vuelos con salida/origen en España.

Reutilizar los billetes

En cuanto a la reutilización de los billetes, el decálogo también recoge la posibilidad de poder emplear el billete de vuelta sin haber usado previamente el de ida. Se trata de una opción contraria a la cláusula “No show” que aplicaban las compañías aéreas, por la que si alguno de los trayectos comprados no se usaba, automáticamente se cancelaban los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete.

Retrasos

Las dudas más frecuentes entre los viajeros tienen que ver con los retrasos y las correspondientes reclamaciones. Debes saber que una vez pasadas las tres horas ya se puede reclamar, correspondiendo una indemnización de entre 250 y 600 euros, según la distancia. Por otro lado, la compañía área está obligada a informar de cualquier alteración en las condiciones de transporte. Además, en caso de huelga, los pasajeros tienen derecho a una indemnización o un reembolso del billete.

Documentación

Respecto a la documentación, los menores de 14 años de edad no tienen el deber de viajar con el DNI a destinos nacionales, siempre que viajen con sus padres y estos lleven el libro de familia. Por otro lado, en vuelos nacionales o comunitarios se puede viajar con el DNI o pasaporte caducados, incluyendo el permiso de conducir si está emitido en España.

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